Base jurídica

Base legal para la reventa de software usado

Nuestra tienda está especializada en la reventa de licencias de software usadas (de segunda mano) dentro de la Unión Europea. La legalidad de este modelo de negocio se basa en la doctrina del agotamiento del derecho de distribución de los programas de ordenador en la legislación de la UE y en la correspondiente jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

De conformidad con la Directiva 2009/24/CE sobre la protección jurídica de los programas de ordenador, el derecho exclusivo del titular de los derechos a distribuir una copia concreta de un programa de ordenador se agota tras la primera venta de dicha copia en la Unión Europea / Espacio Económico Europeo, siempre que dicha venta haya sido realizada por el titular de los derechos o con su consentimiento. Una vez agotado este derecho de distribución, dicha copia puede revenderse dentro de la UE/EEE sin necesidad de una nueva autorización del titular de los derechos, sujeto al cumplimiento de determinadas condiciones.

En su sentencia clave UsedSoft GmbH contra Oracle International Corp. (C-128/11), el Tribunal de Justicia de la Unión Europea confirmó que este principio de agotamiento también se aplica al software que ha sido descargado desde el sitio web del titular de los derechos, y no únicamente al software entregado en soporte físico. El Tribunal estableció que cuando:

  • la licencia se concede al primer adquirente por un período ilimitado, y

  • el adquirente paga un importe único destinado a remunerar al titular de los derechos por el valor económico de la copia del software,

la operación es equivalente a una venta, y el derecho de distribución del titular de los derechos sobre dicha copia queda agotado. El adquirente está, por tanto, autorizado a revender la licencia, siempre que deje de utilizar el software y haga su copia inutilizable (por ejemplo, mediante la desinstalación y sin conservar copias de respaldo).

Sobre esta base, el adquirente posterior de una licencia de software usada se considera un adquirente legítimo del programa y tiene derecho a descargar, instalar y utilizar el software en la medida permitida por los términos originales de la licencia, de conformidad con los artículos 4, apartado 2, y 5, apartado 1, de la Directiva 2009/24/CE, según la interpretación del TJUE.


Cómo garantizamos el cumplimiento legal

Para cumplir con este marco jurídico de la UE, nuestra tienda aplica los siguientes principios a todas las licencias de software usadas que comercializa:

Origen en la UE/EEE

Solo comercializamos licencias cuya adquisición original tuvo lugar dentro de la Unión Europea / Espacio Económico Europeo por parte del titular de los derechos o de un distribuidor autorizado, de modo que resulte aplicable el agotamiento del derecho de distribución en la UE.

Solo licencias perpetuas

Comercializamos exclusivamente licencias que fueron concedidas originalmente por un período ilimitado (licencias perpetuas). Las suscripciones, licencias temporales o acuerdos de alquiler no se venden como “licencias usadas”.

Prohibición de uso simultáneo

Obtenemos declaraciones vinculantes del titular anterior de la licencia de que:

  • el software ya no se utiliza,

  • todas las instalaciones han sido desinstaladas, y

  • ninguna copia del software permanece en posesión o bajo el control del titular anterior.

Esto garantiza que una misma licencia no sea utilizada simultáneamente por más de un usuario.

Prohibición de división indebida de licencias por volumen

Cuando una licencia formaba parte de un contrato de licencias por volumen o multilicencia, su reventa se realiza únicamente conforme a la legislación aplicable y a los términos del contrato original. No dividimos paquetes de licencias de una forma incompatible con los derechos concedidos originalmente.

Documentación y prueba de titularidad

Conservamos documentación interna (facturas, contratos, declaraciones de desinstalación) que acredita la cadena legítima de titularidad y la primera venta en la UE/EEE, con el fin de poder justificar la legalidad de cada licencia revendida si fuera necesario.


Protección del consumidor y normas sobre contenido digital

Cuando vendemos software a consumidores, nuestros contratos también se rigen por la legislación nacional que transpone:

  • la Directiva (UE) 2019/770 sobre determinados aspectos de los contratos de suministro de contenidos y servicios digitales, y

  • demás normas aplicables de la UE y de derecho nacional en materia de protección del consumidor.

Estas normas establecen los derechos del consumidor en relación con la conformidad del contenido digital, los recursos disponibles en caso de falta de conformidad y, cuando proceda, las obligaciones relativas a actualizaciones y soporte. Nuestros Términos y Condiciones, política de desistimiento y condiciones de garantía están diseñados para cumplir con la normativa del Estado miembro en el que nuestra empresa esté establecida y/o al que dirigimos nuestras actividades comerciales.


Reserva

La reventa de licencias de software usadas es un ámbito jurídico complejo y puede interpretarse de manera diferente en los distintos Estados miembros de la UE. Nuestro modelo de negocio y procesos internos están diseñados para cumplir con la legislación de la Unión Europea y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE según su interpretación vigente. No obstante, nada de lo aquí expuesto constituye asesoramiento jurídico dirigido a los clientes ni supone una renuncia a los derechos que correspondan tanto a nuestra empresa como a los titulares de los derechos conforme a la legislación aplicable.